Los instrumentos jurídicos municipales
Los instrumentos jurídicos municipales son formas que el Concejo tiene para establecer por escrito los problemas y las soluciones que se dan en el Municipio y el Código los divide en 3:
1. Ordenanza Municipal
2. Reglamentos
3. Acuerdos
1. Ordenanzas Municipales
Son las que se aplican en el Municipio exclusivamente, deben ser respetadas, se elaboran sobre asuntos de interés local, de acuerdo a las competencias Municipales reguladas en el artículo 4 del Código Municipal, las decreta el Concejo Municipal, deben ser publicadas en el Diario Oficial como una ley y además debe darse a conocer a la población.
👉 Auditoria financiera El Salvador
2. Reglamentos
El Reglamento constituye leyes también pero que solamente en el Municipio se aplicarán como prestación de servicios, estos sirven para controlar al personal, las actividades propias de las Alcaldías, o sea que no son disposiciones para la población sino que es a nivel interno, interés particular.
Los instrumentos jurídicos municipales surtirán efecto para una mejor administración. Memoria “Ordenanzas municipales como un instrumento jurídico, El Salvador Una de las obligaciones que la ley dice que se cumplan, es que los Reglamentos sean elaborados por el Consejo Municipal, entran en vigencia ocho días después se ser decretados.
👉 LA INSCRIPCION DE LA HIPOTECA
Ejemplos de Reglamentos:
Reglamento Interno de Personal
Reglamento Interno de barrido, recolección y disposición final de basura
Reglamento Interno de Registro del Estado Familiar.
Para la elaboración de un Reglamento, debe tomarse en cuenta lo siguiente:
Se debe dar por medio de un Decreto del Consejo Municipal
Dar Considerandos
El nombre del Reglamento (o sea mencionar la actividad que se regulará)
Se elaborará por Títulos, Capítulos y Artículos
Debe firmarse por el Alcalde, Regidores, Síndico y Secretario Municipal
👉 EL CONSENTIMIENTO INFORMADO EN EL SALVADOR
3. Acuerdos
Los instrumentos jurídicos municipales, Los acuerdos Municipales expresan las decisiones del Consejo Municipal sobre asuntos de gobierno, administrativos o de procedimientos con interés particular. Los acuerdos surtirán efecto inmediatamente; estos se decretan por el Consejo Municipal y serán de decisión interna sobre administración personal y otras que tengan relación con el funcionamiento y organización de la Alcaldía Municipal.
Visitanos en nuestra fanpage